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El sistema español de pensiones se apoya en una pensión pública contributiva de reparto y, muy por detrás, en la previsión complementaria. La pensión de jubilación de la Seguridad Social se calcula sobre la base reguladora, que es la media de las bases de cotización de un número de años que la reforma ha ido ampliando, y sobre un porcentaje que depende de los años cotizados: se necesita un mínimo de quince años para tener derecho y bastantes más para alcanzar el cien por cien. La base de cotización está limitada por un tope máximo, de modo que los salarios altos no generan pensión por encima de ese límite. Los simuladores de estas páginas calculan por separado la pensión pública y el plan de pensiones, porque solo su suma indica la tasa de sustitución real.

🇪🇸España

Simulador de jubilación España

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Cómo funciona

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Seguridad Social (pension publica) o Plan de Pensiones & PIAS (ahorro privado).

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Comprende y optimiza

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Edad legal

65-66,5 años

Segun los anos cotizados (67 anos objetivo)

Pension max

3 360 €/mes

Tope Seguridad Social 2026

Base reguladora

25 años

Media de los 25 ultimos anos

Plan de Pensiones

1 500 €/año

Tope reducido desde 2022 (antes 8 000 €)

Comprender el sistema de jubilación español

El sistema de pensiones en España tiene sus raíces en la Ley de Bases de la Seguridad Social de 1963, que entró en vigor en 1966 y unificó los dispersos seguros sociales existentes. Desde entonces, funciona como un sistema de reparto: las cotizaciones de los trabajadores en activo financian directamente las prestaciones de los jubilados. Este modelo solidario e intergeneracional ha proporcionado cobertura prácticamente universal, convirtiendo a España en uno de los países europeos con mayor tasa de reemplazo de las pensiones públicas.

El pilar público se sustenta en la Seguridad Social, que calcula la pensión a partir de la base reguladora: la media de las bases de cotización de los últimos 25 años trabajados. A esta base se le aplica un porcentaje que va del 50 % (con 15 años cotizados) al 100 % (con 36 años y 6 meses). La pensión máxima está topada en 3.360 €/mes distribuidos en 14 pagas. La edad de jubilación ordinaria se sitúa entre los 65 y 67 años, dependiendo de la duración de la carrera de cotización del trabajador.

Ante el envejecimiento demográfico y la presión sobre las cuentas públicas, el ahorro privado complementario cobra cada vez más importancia. El Plan de Pensiones, regulado desde 1987, permite deducir las aportaciones del IRPF, aunque desde 2022 el límite individual se ha reducido a 1.500 €/año para fomentar los planes de empleo colectivos. Los PIAS (Planes Individuales de Ahorro Sistemático) ofrecen exención fiscal total sobre los rendimientos si se rescatan como renta vitalicia tras 5 años, con aportaciones de hasta 8.000 €/año. Los Planes de Pensiones de Empleo (PPE), impulsados por las reformas recientes, permiten aportaciones combinadas de hasta 8.500 €/año y representan la apuesta del legislador por extender la previsión social complementaria.

Puntos clave

La Seguridad Social

El sistema público español de pensiones se basa en la Seguridad Social, un régimen de reparto donde las cotizaciones de los trabajadores activos financian las pensiones de los jubilados. La pensión se calcula a partir de la base reguladora, que es la media de las bases de cotización de los 25 últimos años trabajados. Se aplica un porcentaje según los años cotizados: con 15 años se obtiene el 50 % de la base reguladora, y con 36 años y 6 meses o más se alcanza el 100 %. La pensión máxima está fijada en 3.360 €/mes (14 pagas) según los topes de 2026.

Edad y condiciones de acceso

La edad ordinaria de jubilación en España se sitúa entre los 65 y 67 años, dependiendo de los años cotizados. Con 38 años y 3 meses o más de cotización, es posible jubilarse a los 65 años; en caso contrario, la edad se eleva progresivamente hasta los 67 años. Se exige un mínimo de 15 años de cotización, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación. Existe la posibilidad de jubilación anticipada voluntaria (hasta 2 años antes) o involuntaria (hasta 4 años antes), con coeficientes reductores por cada trimestre de adelanto.

Plan de Pensiones y PIAS

El Plan de Pensiones individual es el producto estrella de ahorro para la jubilación en España, aunque desde 2022 el límite máximo de aportación se ha reducido a 1.500 €/año (antes 8.000 €). Los Planes de Pensiones de Empleo (PPE), promovidos por las empresas, permiten aportaciones adicionales de hasta 8.500 €/año sumando las del empleador. Los PIAS (Planes Individuales de Ahorro Sistemático) ofrecen una alternativa flexible: permiten aportaciones de hasta 8.000 €/año (máximo 240.000 € acumulados) y, si se rescatan como renta vitalicia tras 5 años, los rendimientos quedan exentos de tributación.

Ventajas fiscales

Las aportaciones al Plan de Pensiones reducen directamente la base imponible del IRPF, lo que genera un ahorro fiscal inmediato proporcional al tipo marginal del contribuyente. Para un tipo marginal del 37 %, una aportación de 1.500 € supone un ahorro de 555 € en impuestos. En el momento del rescate, las prestaciones tributan como rendimiento del trabajo. Los PIAS, por su parte, no permiten deducción en la aportación, pero ofrecen una ventaja clave: si se cobran como renta vitalicia después de 5 años, la totalidad de los rendimientos acumulados queda exenta de impuestos, lo que los convierte en un vehículo muy eficiente a largo plazo.

Reformas recientes

La reforma de pensiones de 2021-2023 ha introducido cambios estructurales en el sistema español. Se ha creado el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), una cotización adicional del 0,7 % (2026) que subirá progresivamente hasta el 1,2 % en 2029, destinada a reforzar el Fondo de Reserva. Se ha vinculado la revalorización de las pensiones al IPC, garantizando el poder adquisitivo. Además, se estudia ampliar el periodo de cómputo de 25 a 29 años (eligiendo los 27 mejores), una medida que afectará especialmente a trabajadores con carreras irregulares. La reducción del límite de aportación individual a planes de pensiones a 1.500 € busca potenciar los planes de empleo colectivos.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la edad de jubilación en España?

La edad ordinaria de jubilación oscila entre los 65 y 67 años, según los años cotizados. Con 38 años y 3 meses o más de cotización efectiva, se puede acceder a la jubilación a los 65 años. Si no se alcanza esa cotización, la edad se eleva progresivamente hasta los 67 años. La jubilación anticipada voluntaria permite adelantar hasta 2 años, y la involuntaria (por despido o ERE) hasta 4 años, aplicándose coeficientes reductores.

¿Cómo se calcula la pensión?

La pensión se calcula sobre la base reguladora, que es la media de las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses). A esa base se le aplica un porcentaje según los años cotizados: 50 % con 15 años, incrementándose hasta el 100 % con 36 años y 6 meses. El resultado se divide en 14 pagas. Si se accede antes de la edad ordinaria, se aplican coeficientes reductores; si se retrasa, se aplican complementos por demora.

¿Qué productos de ahorro para la jubilación existen?

Los principales productos son el Plan de Pensiones individual (aportación máxima de 1.500 €/año con deducción fiscal), los Planes de Pensiones de Empleo (PPE) promovidos por empresas (hasta 8.500 €/año combinados), los PIAS (hasta 8.000 €/año, exención fiscal si se rescatan como renta vitalicia tras 5 años), los Unit Linked y los fondos de inversión. Cada producto tiene diferentes ventajas fiscales, liquidez y perfiles de riesgo.

¿Cuánto cobraré de pensión?

El importe depende de la base reguladora y los años cotizados. La pensión máxima en 2026 es de 3.360 €/mes (14 pagas), mientras que la pensión mínima con cónyuge a cargo es de aproximadamente 1.033 €/mes. Un trabajador con salario medio y carrera completa puede esperar una tasa de reemplazo de entre el 70 % y 80 % de su último salario, una de las más altas de Europa. Sin embargo, para salarios altos, el tope de pensión reduce significativamente esta tasa.

¿Se puede jubilar anticipadamente?

Sí, bajo determinadas condiciones. La jubilación anticipada voluntaria permite adelantar hasta 2 años respecto a la edad ordinaria, exigiendo al menos 35 años de cotización y aplicando coeficientes reductores de entre el 3,26 % y el 21 % según los trimestres de adelanto. La jubilación anticipada involuntaria (por despido, ERE o cese por causa ajena al trabajador) permite adelantar hasta 4 años, con un mínimo de 33 años cotizados y coeficientes reductores menores. También existe la jubilación parcial, que permite reducir la jornada laboral y cobrar una parte proporcional de la pensión.